miércoles, 1 de octubre de 2014
FUCVAM ( Uruguay, la propiedad colectiva de la vivienda)
“Modelo FUCVAM”
El porqué de la Propiedad Colectiva
La base de las cooperativas de vivienda afiliadas a FUCVAM es ser usuarios. Se ha insistido mucho sobre las características de nuestras cooperativas, pero no se le ha dado la importancia que esto reviste.
Analicemos el tema de la propiedad. En el lenguaje jurídico, el derecho de propiedad se divide en tres derechos reales: el “frutus” que significa el derecho a recoger el fruto de un bien, el usufructo; el “usus” que significa el derecho a usar un bien y el “abusus” que es el derecho de disponer de un bien, es decir de poder transformarlo, cederlo o destruirlo. O sea el derecho de propiedad individual de la vivienda significa la aplicación de estos tres derechos reales, entre ellos el derecho a venderla, hipotecarla o dejarla vacía sin que nadie la use.
Cuando hablamos de propiedad colectiva de las viviendas, significa poseer una vivienda con los derechos de usar y disfrutar, pero no de disponer en forma arbitraria de la misma, sino utilizarla para realizar el derecho a la vivienda como un derecho humano. Y como derecho humano que es, un derecho irrenunciable.
Esto ha sido el principio de nuestra propuesta, la posibilidad de consolidar la tenencia de la vivienda a través de la propiedad colectiva. De esta manera podemos tener la vivienda más allá de las dificultades económicas que todo trabajador enfrenta. Pues frente a las dificultades económicas no la podemos hipotecar y consecuentemente perder cuando no podemos rendir el préstamo.
Tampoco la podemos usar para satisfacer el consumismo. O sea, la sociedad en que vivimos permanentemente nos invita a gastar en la compra de bienes innecesarios o a cambiar por bienes mejores aun cuando no los necesitamos. En la satisfacción del consumismo invertimos lo que no tenemos. Es una tentación, hasta sacar un préstamo sobre nuestra vivienda para satisfacer esas necesidades creadas por el mercado.
Eso no puede pasar con la vivienda en nuestros complejos. No podemos hipotecar la vivienda con estos fines. Y si perdemos el trabajo, esta forma de tenencia de la vivienda nos asegura que siempre tendremos un techo bajo el cual crecer, cuidar a nuestra familia y pelear por mejores y más dignas condiciones de trabajo.
Por eso nosotros decimos que no es solo una forma diferente de propiedad, sino es la forma de asegurar la vivienda como un derecho humano, y es la forma de sentar relaciones humanas diferentes.
Todo lo anterior, es el gran valor agregado de la propiedad colectiva de nuestros complejos; nos introduce en una forma de relacionarnos con los demás diferentes. Un relacionamiento que no habla de hacé la tuya y avanzá en la vida sin importar quien queda por el camino. Sino que se envía un mensaje diferente que dice: Más allá de las adversidades, juntos podemos edificar una vida más digna y sociedad más justa.
Esto es mucho más que una forma de propiedad es la construcción de bases para una sociedad diferente.
Detentamos la propiedad colectiva de las viviendas y sus espacios comunitarios. En nuestras cooperativas cada socio no es dueño de su vivienda, sino que la cooperativa como persona jurídica es la propietaria y cada socio firma un contrato de uso y goce con la cooperativa, mediante el cual se establecen los derechos y deberes del mismo.
Esta forma de tenencia no significa la ausencia total de bienes. Cada cooperativista abona una cuota de amortización mensual, que sumada a las horas de trabajo en la construcción de la vivienda, conforman su capital social; es decir, todo lo que aportó el cooperativista se traduce en el valor monetario que lo respalda: si un socio decide irse de la cooperativa se retira y se lleva ese denominado capital social.
Garantía de permanencia
Esta propiedad colectiva es lo que ha permitido sustraer del mercado a la vivienda, una de las mayores virtudes del sistema que impulsamos, permitiendo de esta manera que se mantenga su carácter de vivienda de interés social, vivienda destinada a los trabajadores y familias comprometidas económicamente. Donde la vivienda es un derecho y no una mercancía.
Este carácter colectivo es lo que ha permitido garantizar la permanencia en la vivienda para aquellas familias que por dificultades económicas vieron comprometida su posibilidad de amortización de la cuota; satisfaciendo con ellos el artículo 45 de la Constitución que nos habla de "posibilitar el acceso y la permanencia a la vivienda". Este sistema es el que garantizó que cuando los compañeros fueron presos políticos o emigraron por ser perseguidos recuperaran su vivienda cuando volvieron o fueron liberados.
En otro orden de cosas, es lo que ha permitido la lucha contra la dictadura, así como la lucha contra el intento de división en propiedades horizontales de nuestros complejos llevada a delante por la dictadura.
En el pasado, existió la decisión de pasar las cooperativas de usuarios a propiedad individual por parte de la dictadura, porque vio en esta forma de tenencia un peligro para sus objetivos. Vio y percibió una forma nueva de sociedad contra la cual había dirigido todas sus baterías.
Por último, hoy la FUCVAM es una organización reconocida internacionalmente, con más de 535 cooperativas afiliadas, que hace un total de unas 20 mil familias. El modelo se ha desarrollado en Paraguay, Argentina, Brasil, Bolivia, Honduras, Guatemala, El Salvador y Nicaragua, además de estar en vías de hacerlo en Haití, Perú, Ecuador, Costa Rica y Chile.
Esto ha sido sobre la base de su permanencia y ella se basa fundamentalmente en el carácter colectivo y de usuarios de nuestros complejos que nos permite mantenernos unidos más allá de las adversidades.
La Propiedad Colectiva es la base material del planteo ideológico de transformación de nuestra Federación.
Luchar hasta vencer por el acceso popular a la vivienda.
FUCVAM
Encastre (Lafrase)
“Esta propiedad colectiva es lo que ha permitido sustraer del mercado la vivienda, una de las mayores virtudes del sistema que impulsamos, permitiendo de esta manera que se mantenga su carácter de vivienda de interés social, vivienda destinada a los trabajadores y familias comprometidas económicamente. Donde la vivienda es un derecho y no una mercancía”
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